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# Condiciones Generales #



El criador se hace cargo del cachorro, proporcionándole los cuidados y atenciones necesarias a su edad, hasta la cesión de propiedad.
A partir de dicha cesión es obligación del nuevo propietario garantizar el bienestar de cachorro.

Los cachorros que deban viajar dentro de la Península e Islas Baleares lo harán en transporte específico de mascotas, en vehículos climatizados y supervisado por veterinario , según normativa de la agencia MRW. y se entregarán a primera hora de la mañana en el domicilio del nuevo propietario. El precio del transporte es de 30 €., que serán a cargo del nuevo propietario. El criador realiza todos los trámites y corre con los gastos del habitáculo o transportín.
Los cachorros que viajen a las Islas Canarias o fuera de España lo harán por avión y están sujetos a las normativas específicas del lugar de destino.

Junto con los cachorros, en todos los casos, se entregará Garantía Sanitaria, Cartilla de Vacunación, Certificado de Identificación (tatuaje o microchip) si lo tuviese, fotocopia de la Notificación de Camada en la Real Sociedad Canina o Federación Cinológica Española, así como del pedigrí de los padres y pienso de lo que están comiendo los cachorros para continuar con el mismo o hacer un cambio de alimentación progresivo.

 


# Garantía Sanitaria #

D. Gregorio Sanz Vega, con domicilio en C/ San Gregorio, S/N..45100 Sonseca (TOLEDO). Telf.:925 383180 y 609 369666, propietario del perro de raza..................................., color........................, sexo.............., nacido el..............................., y características ...... ....................................................................................................................

CERTIFICA que dicho perro ha recibido los controles sanitarios periódicos y necesarios, para procurar su perfecto estado de salud. Por tanto se garantiza durante DIEZ días naturales, a partir de la fecha de cesión de propiedad, de todas las enfermedades víricas que pudiera estar incubando, así como durante CIENTO OCHENTA días naturales, a partir de la fecha de cesión de propiedad de todo problema congénito y de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO días naturales, a partir de la fecha de cesión de propiedad sobre displasia de cadera.

Si se produjese alguna de las situaciones anteriormente mencionadas, el criador reemplazará al cachorro por otro de características similares, previo informe veterinario o necropsia del cachorro, según corresponda.

Si en este período de garantía el nuevo propietario decide hacer algún tipo de prueba o tratamiento sobre el animal, los gastos ocasionados serán a su cargo.

La negligencia o falta de atenciones sobre el cachorro, si se produjesen, anularían dicha garantía.

La cesión de propiedad se realiza el ......de ....................... de............., a favor de
D. ...................................................................................., con domicilio en C/ .................. ............................................................................N.I.F................................Telf...................

En ..........................................a.............. de .............................. de............

 


Fdo.: ............................................................ Fdo.:

D. Gregorio Sanz Vega. .............................. D...........................................................
Antiguo Prietario ..... ................................... Nuevo Propietario

 


# Factura #

 

# Contacto #

Decasla, s.l.
Sr. Gregorio Sanz Vega
Sra. Isabel Guzmán Ruiz
Tfnos.: 925 383180 - 609 369666 - 626027571
Fax: 925 383180
decasla@decasla.com
info@decasla.com

C/ Santa Teresa, 22
45100 Sonseca (Toledo)